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PENSIÓN IMSS LEY 1973: A ESTE LUGAR VA EL DINERO DE TU AFORE

22 abr 2023
2 min de lectura

Si lo que buscas es tener una pensión en este año 2023 y comenzar los trámites para solicitar el Afore, ay muchas cosas que tienes que saber para conocer en donde estará tu dinero.


Lo primero que tienes que saber es que si estuviste registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1 de julio del año 1997, tu régimen se llamada Ley 73 o 1973.


Te informamos que esta ley contiene dos modalidades para jubilarte, y vamos a explicarte cuáles son.


La Ley del 73 tiene dos modalidades para recibir la pensión

El Afore aunque es algo que puedes elegir, la mayoría de las veces se asigna automáticamente por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) al momento en que empiezas a cotizar ante el IMSS y si en el paso de dos años no registras tu cuenta en alguna administradora, se reasigna de nuevo.


Por eso tienes que saber que estás en tu derecho de cambiar tu Afore aunque sea una vez al año de que hayas elegido la institución.


Por eso, estas son las opciones para conocer donde se encuentra tu Afore:

Por teléfono llamando al del Sistema de Ahorro para el Retiro o Sartel: 55 1328-5000

Por internet ingresando a www.e-sar.com.mx

Descargando la App AforeMóvil


Cualquiera de estos trámites tienen que contar con algunos datos que tienes que tener a la mano y esos son:

Número de Seguridad Social (NSS)

CURP si tienes ISSSTE


Modalidades de la Ley 73

La Ley 73 se diferencia de la Ley 97 por el número de semanas que se necesitan para pedir la pensión y la cantidad de la misma, mientras que la Ley 73 contempla 500 semanas como mínimo para cotizar y obtener una pensión de vejez vitalicia, la Ley del 97 exige tener al menos 800 semanas cotizadas en el año 2023 para recibir la cantidad ahorrada durante la vida laboral.


Los requisitos para pensionarte en el régimen del 73 son:

Tener al menos 60 años para solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada, o 65 años para la pensión de vejez


Tener un mínimo de 500 semanas cotizadas y estar dado de baja del régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social al momento de iniciar el trámite


Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, un lapso definido por el IMSS como la cuarta parte del tiempo cubierto por las cotizaciones semanales iniciado a partir de la fecha de baja

Las modalidades de la Ley 73 para tramitar tu Afore son las siguientes:

Cesantía. La puedes tramitar cuando tengas entre 60 y 64 años.

Vejez. Puedes acceder a ella cuando cumples 65 años.

 
 
 

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