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¿LAS DEUDAS FISCALES SE HEREDAN CUANDO UNA PERSONA FALLECE?

Foto del escritor: Roberto QuinteroRoberto Quintero



Cuando una persona fallece y deja deudas pendientes con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es dado de baja, pero eso no significa que las deudas desaparezcan automáticamente. El proceso que sigue depende de la existencia de créditos fiscales y de la situación de los bienes que el contribuyente fallecido haya dejado.

 

Los créditos fiscales, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, son derechos de percepción del Estado que surgen de contribuciones, aprovechamientos o sus accesorios, y pueden generar obligaciones para los herederos del fallecido. Esto es especialmente relevante cuando los bienes heredados siguen produciendo ingresos, como en el caso de negocios, rentas de inmuebles o cualquier otra actividad económica que no se extinga con la muerte del titular.

 

El SAT aclara en su página web que, independientemente de la etapa en la que se encuentren los adeudos, se llevan a cabo diversas acciones para lograr el cobro de los mismos. En algunos casos, esto puede incluir el embargo y remate de los bienes que el fallecido haya dejado.

 

Existe un mito común de que las deudas de una persona se cancelan automáticamente al morir, pero esto no es cierto. El SAT enfatiza que "los adeudos no se cancelan". El proceso de cobro continúa, y el SAT busca hacer efectivo el pago a través de los bienes o cuentas del contribuyente fallecido.

 

Es crucial que los familiares o el representante legal de la sucesión, como el albacea, presenten la solicitud de baja del fallecido ante el SAT. Este paso es importante para concluir las obligaciones fiscales del fallecido y evitar posibles problemas a los herederos.

 

En resumen, las deudas fiscales no desaparecen con la muerte del contribuyente, y los herederos podrían verse afectados si no se toman las acciones necesarias para regularizar la situación fiscal del fallecido.

 

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