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¿TE DEBEN PAGAR MENOS EN FEBRERO? ESTO DICE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO


Cada año, cuando llega febrero y tiene menos días que otros meses, surge la misma duda entre trabajadores en México: ¿deben pagarme menos porque el mes tiene 28 o 29 días? La respuesta, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), es clara: en la mayoría de los casos, el salario no debe disminuir.

 

La legislación laboral establece que el salario se fija por periodo —ya sea mensual, quincenal o semanal— y no por la cantidad exacta de días que tenga el calendario. Por ello, febrero no representa automáticamente una reducción en el ingreso de quienes tienen un sueldo fijo.

 

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?

El artículo 83 de la LFT señala que el salario puede determinarse bajo distintas modalidades:

 

Por unidad de tiempo (mensual, semanal o diario)

Por obra

Por comisión

A precio alzado

 

Cuando el salario se fija por unidad de tiempo mensual, este no cambia en febrero aunque el mes tenga menos días. Además, el artículo 88 establece que el pago debe realizarse en periodos determinados, generalmente cada semana o cada 15 días.

 

Entonces, ¿en febrero te deben pagar menos?

Si cuentas con salario mensual, el monto no debe variar. Para efectos administrativos, el salario mensual suele dividirse entre 30 días como promedio, sin importar si el mes tiene 28, 30 o 31 días.

 

Esto significa que:

El salario mensual no cambia por la duración del mes.

Se considera un promedio de 30 días para cálculos.

Se paga completo, incluso en febrero.

 

De la misma forma, los meses con 31 días no generan un pago adicional, ni los de 28 o 29 implican descuentos. El sueldo se fija por mes, no por el número específico de días trabajados dentro del calendario.

 

¿Qué pasa si no tienes salario fijo mensual?

En el caso de quienes reciben pago quincenal, tampoco hay cambios. Las quincenas se cubren por periodos fijos (del 1 al 15 y del 16 al último día del mes), por lo que el monto es el mismo, aunque febrero sea más corto.

 

Sin embargo, si el esquema de pago es por día trabajado o por hora, sí puede existir variación. Al haber menos días en el mes, el ingreso total podría ser menor, ya que el pago corresponde únicamente al tiempo efectivamente laborado.

 

El artículo 82 de la LFT define el salario como “la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo”, mientras que el artículo 84 señala que el salario se integra con la cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas y comisiones.

 

En conclusión, si tienes salario mensual o quincenal fijo, febrero no debe afectar tu sueldo. Solo en los esquemas por día u hora trabajada podría reflejarse una variación en el ingreso total del mes.

 
 
 

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