¿QUÉ PUEDES HACER SI NO TE HAN PAGADO TUS UTILIDADES Y ES EL ÚLTIMO DÍA?

En México, todos los trabajadores formales tienen el derecho de obtener un pago por el reparto de utilidades, y lo que puedes hacer si no te pagan a tiempo este derecho constitucional.
Los trabajadores que sean empleados de una persona moral o empresa, cuentan con una fecha límite para pagar estas utilidades y esa es el día 30 de mayo y quienes trabajen para una persona física, deberán recibirlas hasta el día 29 de junio.
Vamos a decirte lo que puedes hacer si tus patrones no te pagan tus utilidades ya siendo la fecha límite.
¿Qué puedes hacer si no te pagan tus utilidades?
De acuerdo con la ley, si no recibes el pago de tu reparto de utilidades, puedes realizar tu denuncia en el correo inspeccionfederal@stps.gob.mx o puedes llamar al número 800 717 2942 y al 800 911 7877 de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Igualmente puedes ir de manera presencial a las oficinas para que te den la asesoría correspondiente, las que están en Doctor José María Vértiz número 211 y si lo que necesitas es una visita de inspección, puedes ir a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), si no percibes el pago de tus utilidades cuentas con un año desde el día siguiente luego de la fecha límite para reclamarlo, mientras tanto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que sean o no contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) empresas y patrones deben repartir utilidades de acuerdo con la fracción IX del artículo 123 de la Constitución.
¿Qué es el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades es un derecho constitucional con el que cuentan los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que la empresa obtiene o un patrón por la actividad productiva o los servicios que da al mercado.
El dinero que los trabajadores reciben como parte de las utilidades cuenta con un salario base que es exclusivamente el salario por cuota diaria, no incluye otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas, o cualquier otro que sea parte de su trabajo y cuando el sueldo varíe, se tomará como cuota diaria el promedio que corresponde al total que se percibe durante el año y en caso de los trabajadores de confianza, se toma como salario tope, base del reparto de utilidades, resultante de sumar el 20% del salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario elevado al año.
Este pago debe cubrirse para las empresas desde el 1 de abril al 30 de mayo y las personas físicas cuentan con un periodo que va del 1 de mayo al 29 de junio.




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