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QUE NO SE TE PASE! MAYO ES MES DE REPARTO DE UTILIDADES: CONOCE TUS DERECHOS




Ciudad de México.-

Con la llegada de mayo, miles de trabajadores en México deben estar atentos al reparto de utilidades, una prestación laboral consagrada en la Constitución y regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT), que garantiza a las y los empleados una parte de las ganancias generadas por las empresas durante el año fiscal anterior.

 

Este derecho aplica incluso si la relación laboral ya concluyó o si el contrato fue por obra determinada, siempre que se haya laborado al menos 60 días en el año correspondiente.

 

¿Cuándo debe pagarse?

Empresas (personas morales): A más tardar el 30 de mayo.

Personas físicas con actividad empresarial: Hasta el 29 de junio.

 

¿Quiénes tienen derecho?

Tienen derecho al reparto de utilidades quienes:

Hayan trabajado mínimo 60 días durante el año fiscal anterior.

Estén o hayan estado bajo una relación de subordinación laboral, sin importar si aún trabajan para la empresa.

 

¿Quiénes están excluidos?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, no reciben utilidades:

Trabajadoras del hogar.

Directores, administradores o gerentes generales.

Profesionistas, técnicos o artesanos que laboran por honorarios sin subordinación.

Empresas de nueva creación en su primer año.

Instituciones públicas como el IMSS.

Organizaciones sin fines de lucro con actividades asistenciales.

 

¿Por qué es importante?

El reparto de utilidades reconoce el esfuerzo colectivo de los trabajadores en la generación de ganancias empresariales, y representa un ingreso adicional que puede aliviar la economía familiar.

 

Si trabajaste y cumples con los requisitos, exige tu derecho. El reparto de utilidades no es un favor, es una obligación legal.

 

 
 
 

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