PROHÍBEN VENTA DE BEBIDAS ENERGIZANTES A MENORES: COMERCIOS ENFRENTARÁN MULTAS DE HASTA 226 MIL PESOS
- Roberto Quintero
- hace 13 minutos
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Ciudad de México.-
La Cámara de Diputados aprobó este martes, por unanimidad con 401 votos a favor, reformas a la Ley General de Salud que prohíben la venta y consumo de bebidas energizantes a menores de 18 años en México.
La medida contempla sanciones económicas de hasta 226 mil 280 pesos (2 mil UMA) para los establecimientos que incumplan con la disposición. Asimismo, se establece la obligación de los comercios de verificar la mayoría de edad mediante una identificación oficial antes de concretar la venta.
El diputado del PVEM, José Luis Fernández Martínez, celebró la decisión y destacó que “ningún negocio justifica que pongamos en riesgo la salud de nuestros jóvenes, más en una etapa donde están en pleno desarrollo de sus capacidades”.
Por su parte, el legislador panista José Mario Íñiguez Franco advirtió sobre los impactos que estas bebidas pueden tener en la salud mental y física de los adolescentes, al señalar que su consumo está vinculado con arritmias, depresión, insomnio, estrés e incluso riesgo de muerte súbita.
Durante el debate también se alertó sobre los riesgos de mezclar energizantes con alcohol, práctica común entre jóvenes, que puede provocar deshidratación, arritmias y pérdida de la conciencia.

Detalles de la reforma
Se define como energizante toda bebida no alcohólica que contenga cafeína, taurina, glucoronolactona, tiamina u otras sustancias estimulantes.
La multa máxima será de 2 mil UMA (226,280 pesos).
La Secretaría de Salud tendrá 180 días para emitir la Norma Oficial Mexicana (NOM) que precise categorías, ingredientes y concentraciones permitidas.
Se implementarán campañas educativas en coordinación con la SEP y el Consejo de Salubridad para informar sobre los riesgos del consumo.
La prohibición aplicará únicamente a las categorías que la Secretaría de Salud clasifique como de alto riesgo para menores.
Con esta reforma, considerada un primer paso hacia una regulación más estricta, la Secretaría de Salud deberá modificar su reglamentación en los próximos 90 días, y posteriormente la Cofepris publicará los lineamientos para la comercialización de estas bebidas en México.
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