PENSIÓN DE ORFANDAD IMSS 2022: ¿CÓMO SOLICITARLA Y QUIÉNES TIENEN DERECHO A ESTE APOYO?

Pensión por Orfandad dirigida a quienes son hijos de algún asegurado o pensionado que lamentablemente haya fallecido.
Si estás en este caso debes de saber que el IMSS no te deja solo y que tienes la oportunidad de contar con una pensión que te ayudará con tus gastos, con la finalidad de que puedas terminar tus estudios y, más adelante, consigas un empleo que te permita valerte por ti mismo.
✔️¿Quiénes pueden solicitar la pensión por orfandad?
Como te comentamos, este esquema está pensado para los hijos de asegurados o pensionados fallecidos; sin embargo, existen condiciones de acuerdo a la edad de los jóvenes:
- Jóvenes hasta los 15 años de edad: Deberán de comprobar el vínculo con el trabajador fallecido.
- Los jóvenes de entre 16 y 25 años: Además del vínculo familiar, también deberán de comprobar que se encuentran estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sean sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- Mayores de 16 años con invalidez otorgada por el IMSS: Niños y jóvenes que no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a alguna enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padece.
✔️¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión por orfandad?
Si lamentablemente te encuentras en esta situación, además de lo que ya te hemos mencionado, deberás considerar los siguientes requisitos para solicitar tu pensión:
- Que el asegurado hubiese tenido al momento de su fallecimiento, 150 semanas de cotización y se encontrara vigente o en conservación de derechos (seguros de Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez).
- Tratándose del fallecimiento del asegurado, derivado de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales, mismo que será proporcionado por éstos.
- Si el asegurado fallecido gozaba de una pensión de incapacidad permanente y muere por causa distinta a un riesgo de trabajo, será necesario acreditar un mínimo de 150 semanas de cotización y que hubiese causado baja del Régimen Obligatorio. No se requerirá el período de cotización señalado, si la pensión de incapacidad permanente total que recibía el asegurado fallecido no tuvo una duración mayor de cinco años.
✔️PASO A PASO para realizar el trámite ante el IMSS
Para iniciar el trámite puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana, si se trata de un menor de edad, la solicitud deberá realizarla un representante legal. La documentación que deberás presentar es la siguiente:
- NSS (Número de Seguro Social).
- CURP.
- Estado de cuenta de Afore.
- Copia certificada del Acta de Nacimiento.
- Copia certificada del Acta de Defunción.
- Identificación oficial con fotografía y firma.
- Comprobante de domicilio.
- Constancia de la inscripción en el RFC con homoclave.
Recuerda que el trámite es totalmente gratuito y podrás realizarlo en la clínica del IMSS que te corresponde en un horario de atención de 8:00 a 15:00 horas o comunícate al número 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la República Mexicana. También puedes encontrar más información en este ENLACE:
FUENTE: HERALDOBINARIO.
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