top of page

MULTAS DE 15 MIL PESOS PARA DUEÑOS IRRESPONSABLES DE MASCOTAS EN HERMOSILLO


Hermosillo, Sonora.-


Una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Ayuntamiento de Hermosillo podrá sancionar con multas desde 100 a más de 15 mil pesos y hasta con arresto por 36 horas a los dueños de mascotas que sean sorprendidos en flagrancia violando el Reglamento de Protección y Bienestar Canino y Felino.


David Palafox Celaya, director del Instituto Municipal de Bienestar y Protección Animal (Imbpa) anunció que en enero se aprobó en Cabildo una reforma al citado reglamento que se publicó el 2 de febrero en el Boletín Oficial y entró en vigor el pasado 2 de marzo de 2023.


“Vamos a aplicar con mucha fuerza y mucha firmeza el reglamento para que el ciudadano que sea responsable de una mascota lo haga correctamente, para que no afecte ni a él, ni a la mascota ni a sus vecinos”, declaró el funcionario municipal.


El artículo 60 del reglamento enumera como sanciones el apercibimiento; amonestación por escrito; multa de 1 a 150 Unidad de Medida y Actualización (UMAS) vigente —equivalente a un monto que va de 103 pesos a más de 15 mil pesos— y en su caso arresto administrativo hasta por 36 horas, así como el aseguramiento del animal, entre otras.


La amonestación por escrito se podrá aplicar a los infractores primarios y servirá de apoyo para incrementar al doble la sanción económica en caso de reincidencia.


“No es un tema de recaudación, es un tema de multas para sensibilizar para tener un mejor hermosillo. No vamos a multar para lastimar el bolsillo de la ciudadanía, pero sí para que entiendan que sus conductas deben ser de acuerdo a un reglamento y que la trascendencia en el comportamiento del dueño junto con su mascota va ayudar a tener un mejor Hermosillo”, subrayó el director del Instituto.


En aras de la paz

Consideró que la ciudad tiene muchos problemas de orden vecinal y todo porque hay uno o dos o diez vecinos que no son responsables de sus mascotas y los otros 100 ó 200 vecinos están sufriendo las consecuencias de ello.


“Esto también es un llamado a la ciudadanía para que sepan y se comporten correctamente con sus mascotas y para que los vecinos que sufren las molestias puedan reportar al Instituto a quienes no respeten el reglamento”, argumentó.


Recordó que los inspectores del Instituto forman parte de la Patrulla Verde, así como la Unidad Especializada en Protección Animal van a fungir como inspectores y van a hacer ese trabajo.


¿Cuáles son las sanciones?

El artículo 61 establece que las multas por infracciones a las disposiciones del

Reglamento, se aplicarán conforme a lo siguiente:


Multa desde 103.74 hasta 5,187 pesos en caso de:

No registrar a la mascota ante el Imbpa

No colocar placa de identificación

No señalar presencia de perros bravos

No usar collar o pechera para pasear a la mascota

No usar bozal en vía pública

Usar jaulas sin ventilación o sin amplitud necesaria

No recoger las heces fecales de la mascota fuera de su domicilio

Llevar a mascotas a manifestaciones sin precauciones

Hacinar mascotas en espacios pequeños


Multa desde 5,290.74 hasta 10,374 pesos en caso de:

No dar atención veterinaria o trato digno

No alimentar, vacunar o desparasitar

Descuidar mantenimiento y alojamiento de las mascotas

No dar cuidados conforme a la raza o especie

No mantener a las mascotas dentro del domicilio o propiedad

No presentar cartilla de vacunación cuando sea solicitada

Entorpecer labores de captura o inspección

No presentar documentación de cuidados

Celebrar o participar en concursos caninos sin permisos

No tener malla de protección en el barandal

Afectar a los vecinos por la tenencia de mascotas

No tener registro de perro potencialmente agresor

Poseer mascotas en edificios con pasillos, escaleras o elevadores comunes

Mantener perros o gatos permanentemente amarrados o encadenados


Multa desde 10,477.74 hasta 15,561 pesos en caso de:

Incitar al ataque a perros o gatos

Peleas de perros o gatos

Cualquier acto de crueldad contra perros o gatos

Abandonar mascotas en techos, azoteas o balcones

Abandonar mascotas en lotes baldíos o en la vía pública

Agresión de perro o gato en vía pública

Incumplir este reglamento

Otras contempladas en la ley


¿Y si no cumplen?

El artículo 63 señala que los particulares que incumplan con los principios y obligaciones establecidos en el Reglamento, estarán impedidos de recuperar a un animal hasta que, a juicio de la Dirección, hayan desaparecido en su totalidad las causas por las cuales hayan sido sancionados.


Y en caso de reincidencia se aplicará hasta el doble de la sanción con la posibilidad de que el animal canino o felino quede a disposición de la Dirección (artículo 65).


Por último, si el infractor no paga la multa impuesta dentro de los quince días posteriores a su notificación, se considerará como crédito fiscal para efecto de su recaudación, o sea se le cobrará en el algún trámite municipal posterior.


 
 
 

Comments


bottom of page