MULTAS DE 15 MIL PESOS PARA DUEÑOS IRRESPONSABLES DE MASCOTAS EN HERMOSILLO
- Roberto Quintero
- 21 mar 2023
- 3 Min. de lectura

Hermosillo, Sonora.-
Una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Ayuntamiento de Hermosillo podrá sancionar con multas desde 100 a más de 15 mil pesos y hasta con arresto por 36 horas a los dueños de mascotas que sean sorprendidos en flagrancia violando el Reglamento de Protección y Bienestar Canino y Felino.
David Palafox Celaya, director del Instituto Municipal de Bienestar y Protección Animal (Imbpa) anunció que en enero se aprobó en Cabildo una reforma al citado reglamento que se publicó el 2 de febrero en el Boletín Oficial y entró en vigor el pasado 2 de marzo de 2023.
“Vamos a aplicar con mucha fuerza y mucha firmeza el reglamento para que el ciudadano que sea responsable de una mascota lo haga correctamente, para que no afecte ni a él, ni a la mascota ni a sus vecinos”, declaró el funcionario municipal.
El artículo 60 del reglamento enumera como sanciones el apercibimiento; amonestación por escrito; multa de 1 a 150 Unidad de Medida y Actualización (UMAS) vigente —equivalente a un monto que va de 103 pesos a más de 15 mil pesos— y en su caso arresto administrativo hasta por 36 horas, así como el aseguramiento del animal, entre otras.
La amonestación por escrito se podrá aplicar a los infractores primarios y servirá de apoyo para incrementar al doble la sanción económica en caso de reincidencia.
“No es un tema de recaudación, es un tema de multas para sensibilizar para tener un mejor hermosillo. No vamos a multar para lastimar el bolsillo de la ciudadanía, pero sí para que entiendan que sus conductas deben ser de acuerdo a un reglamento y que la trascendencia en el comportamiento del dueño junto con su mascota va ayudar a tener un mejor Hermosillo”, subrayó el director del Instituto.
En aras de la paz
Consideró que la ciudad tiene muchos problemas de orden vecinal y todo porque hay uno o dos o diez vecinos que no son responsables de sus mascotas y los otros 100 ó 200 vecinos están sufriendo las consecuencias de ello.
“Esto también es un llamado a la ciudadanía para que sepan y se comporten correctamente con sus mascotas y para que los vecinos que sufren las molestias puedan reportar al Instituto a quienes no respeten el reglamento”, argumentó.
Recordó que los inspectores del Instituto forman parte de la Patrulla Verde, así como la Unidad Especializada en Protección Animal van a fungir como inspectores y van a hacer ese trabajo.
¿Cuáles son las sanciones?
El artículo 61 establece que las multas por infracciones a las disposiciones del
Reglamento, se aplicarán conforme a lo siguiente:
Multa desde 103.74 hasta 5,187 pesos en caso de:
No registrar a la mascota ante el Imbpa
No colocar placa de identificación
No señalar presencia de perros bravos
No usar collar o pechera para pasear a la mascota
No usar bozal en vía pública
Usar jaulas sin ventilación o sin amplitud necesaria
No recoger las heces fecales de la mascota fuera de su domicilio
Llevar a mascotas a manifestaciones sin precauciones
Hacinar mascotas en espacios pequeños
Multa desde 5,290.74 hasta 10,374 pesos en caso de:
No dar atención veterinaria o trato digno
No alimentar, vacunar o desparasitar
Descuidar mantenimiento y alojamiento de las mascotas
No dar cuidados conforme a la raza o especie
No mantener a las mascotas dentro del domicilio o propiedad
No presentar cartilla de vacunación cuando sea solicitada
Entorpecer labores de captura o inspección
No presentar documentación de cuidados
Celebrar o participar en concursos caninos sin permisos
No tener malla de protección en el barandal
Afectar a los vecinos por la tenencia de mascotas
No tener registro de perro potencialmente agresor
Poseer mascotas en edificios con pasillos, escaleras o elevadores comunes
Mantener perros o gatos permanentemente amarrados o encadenados
Multa desde 10,477.74 hasta 15,561 pesos en caso de:
Incitar al ataque a perros o gatos
Peleas de perros o gatos
Cualquier acto de crueldad contra perros o gatos
Abandonar mascotas en techos, azoteas o balcones
Abandonar mascotas en lotes baldíos o en la vía pública
Agresión de perro o gato en vía pública
Incumplir este reglamento
Otras contempladas en la ley
¿Y si no cumplen?
El artículo 63 señala que los particulares que incumplan con los principios y obligaciones establecidos en el Reglamento, estarán impedidos de recuperar a un animal hasta que, a juicio de la Dirección, hayan desaparecido en su totalidad las causas por las cuales hayan sido sancionados.
Y en caso de reincidencia se aplicará hasta el doble de la sanción con la posibilidad de que el animal canino o felino quede a disposición de la Dirección (artículo 65).
Por último, si el infractor no paga la multa impuesta dentro de los quince días posteriores a su notificación, se considerará como crédito fiscal para efecto de su recaudación, o sea se le cobrará en el algún trámite municipal posterior.
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