¿EL 8 DE MARZO, DÍA DE LA MUJER, ES INHÁBIL? ESTO DICE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
- Roberto Quintero
- 27 feb 2024
- 2 Min. de lectura

El próximo 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer, por lo que hay dudas sobre si esta fecha es considerada un día de descanso obligatorio en México, es por ello que hoy te explicaremos qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre esta fecha importante para la lucha de las mujeres.
Cabe señalar que la Ley Federal del Trabajo contempla cuáles son las fechas que en México se consideran como días de descanso obligatorios, en los que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en sus respectivos centros de trabajo, sin embargo, pueden llegar a acuerdos con sus empleadores para laborar, lo que hará que reciban un pago extra.
Recientemente se dio a conocer que este 2024 se implementará un nuevo día de descanso obligatorio en México relacionado con el cambio en el ejecutivo federal, que se realizará el próximo 1 de octubre, lo que significa que tanto trabajadores como estudiantes contarán con un día inhábil nuevo.
¿El 8 de marzo es un día de descanso obligatorio?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 8 de marzo no está contemplado como un día de descanso obligatorio en México, por lo que los trabajadores deberán presentarse de manera normal en sus centros de trabajo. En ese sentido, los días que sí son de descanso obligatorio son:
Lunes 1 de enero por Año Nuevo.
Lunes 5 de febrero por el aniversario de la Constitución.
Lunes 18 de marzo por el natalicio de Benito Juárez.
Miércoles 1 de mayo por el Día del Trabajo.
Domingo 2 de junio por la Jornada Electoral.
Lunes 16 de septiembre por el aniversario de la Independencia.
Martes 1 de octubre por la transición del Poder Ejecutivo.
Lunes 18 de noviembre en conmemoración de la Revolución.
Miércoles 25 de diciembre por Navidad.
Vale la pena mencionar que durante el 8 de marzo, colectivos feministas realizan marchas para conmemorar los avances en la lucha por los derechos de las mujeres.
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