Gracias a la Ley del Seguro Social (LSS) y la Ley del ISSSTE en México ahora la pensión IMSS e ISSSTE es heredable para las trabajadoras, de tal forma que ahora ellas podrán proteger a sus viudos o concubinarios con la pensión en caso de fallecimiento.
Cabe indicar que dicha reforma que promulgada el 20 de enero de 2023, y dicha medida de inclusión también beneficia a las personas trabajadoras que celebran una unión civil con alguien de su mismo sexo.
Anteriormente, la LSS sólo consideraba como derechohabientes con acceso a una pensión a las viudas o concubinas de los trabajadores o pensionados hombres, y no reconocía los derechos de las mujeres que trabajan para proteger a sus parejas o concubinos.
La modificación incluye la inclusión de definiciones más incluyentes, como el reconocimiento de la unión civil como un acto bilateral con validez jurídica y los mismos efectos que el matrimonio o concubinato. También establece el servicio de guarderías como un derecho tanto para trabajadoras como trabajadores.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos indica que esta modificación se realiza para garantizar la igualdad de género en el acceso a los beneficios laborales y de seguridad social, y que la exclusión de las mujeres trabajadoras como proveedoras del hogar se remonta a décadas atrás.
Ahora las trabajadoras podrán proteger a sus viudos
Esta reforma es un paso importante para lograr la igualdad de género en el ámbito laboral y de seguridad social, y representa un avance hacia la eliminación de la discriminación en la ley en México.
Se han realizado reformas a varios artículos de la Ley del Seguro Social en México, entre ellos el 5A, 64, 65, 66, 69, 84, 127, 130, 137, 138, 165, y 166, además de la adición de los artículos 5A con fracciones XX y XXI, y 140 con un segundo párrafo.
Estas reformas incluyen una redacción más incluyente en cuanto a la pensión de viudez y la definición de beneficiarios, lo que otorga mayor equidad a las trabajadoras y sus parejas, incluyendo las del mismo sexo.
"Tendrá derecho a la pensión de viudez la o el que fuera cónyuge de la o el asegurado o la o el pensionado por invalidez", es el inicio del cambio que se le hizo al artículo 130 y que se menciona en el decreto.
El documento también establece la entrada en vigor de una reforma a la Ley del Seguro Social en México. Esta reforma implica la modificación de varios artículos de la ley y se enfoca en la adecuación de disposiciones reglamentarias, normativas, administrativas y demás disposiciones internas para garantizar su cumplimiento.
El Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tendrán 180 días para realizar dichas adecuaciones.
Además, se autoriza a los institutos a solicitar los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de la reforma.
El Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor seis meses después de su publicación.
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