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“ADIÓS” AL POLIAMOR, SCJN RECHAZA UNIÓN MATRIMONIAL DE MÁS DE DOS PERSONAS




La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el reconocimiento legal de las uniones poliamorosas en México, tras un amparo presentado por una familia en Puebla que buscaba formalizar su relación de más de dos personas.

 

El poliamor, una modalidad de amor donde dos o más personas mantienen relaciones afectivas y sexuales, se enfrentó a un revés legal cuando la SCJN, con una mayoría de cuatro votos, decidió no reconocer el matrimonio o concubinato de más de dos individuos ante la ley mexicana.

 

Aunque la SCJN no negó la pertinencia constitucional de este tipo de vínculos amorosos, aseguró que deben regularse fuera de los términos de "matrimonio" o "concubinato" para evitar abusos y distorsiones, según lo señalado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo en su proyecto.

 

Juez de Puebla sostenía que impedir el “poliamor” era discriminatorio 

El juez federal de Puebla, Pedro Arrollo Soto, sostenía que la legislación era discriminatoria al impedir la libertad de contraer matrimonio o vivir en concubinato con más de una persona, y atentaría contra la orientación sexual de quienes buscan formalizar una familia poliamorosa.

 

Sin embargo, la respuesta de la SCJN indicó que la libertad de ejercer cualquier orientación sexual no sería vulnerada, considerando diversas dinámicas de poliamor que no necesariamente involucran relaciones homosexuales.

 

Hasta el momento, no se ha presentado una propuesta para reformar el artículo 294 del Código Civil local, el cual define el matrimonio como la unión entre dos personas, ni tampoco el artículo 297 que establece el concubinato como la unión voluntaria y de hecho entre dos individuos.

 

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